CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY Conducta 1007

Conducta 1007 N° 0332495/2004 CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY S/ INFRACCIÓN A LA LEY 25.156 (C. 1007) 11/30/2011 733 Unanimidad 44 6/7/2012 "Ordénase al CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY el cese de la conducta restrictiva impuesta a los profesionales asociados permitiendo que los mismos contraten directamente con las administradoras de fondos para la salud que no tengan convenio con la entidad, debiendo remover de su Estatuto el Artículo 2°, inciso n). Impónese al CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY el pago de una multa de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000). Ordénase al CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY que de a conocer en forma fehaciente lo establecido en la presente resolución a todos y cada uno de los profesionales odontólogos integrantes 'de su padrón de prestadores, debiendo acreditar la constancia de comunicación efectiva a los TREINTA (30) dias de quedar firme la presente medida. Ordénase la publicación de las medidas precedentes en el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación de la Provincia de JUJUY." CÍRCULO ODONTOLÓGICO DE JUJUY Liliana Elena Viviani (Odontóloga) Q. ACTIVIDADES SANITARIAS Y SOCIALES Las actividades humanas de salud Subnacional Discriminación de Precios Multa
Dictamen: 
733
Resolución: 
44
Archivo: 
Tipo de Documento: 
Fecha: 
Jueves, Junio 7, 2012
Tipo de Conducta: