consulta referida a la interpretacion de la Ley N° 25.156, holding X se apresta a hacer una oferta publica de canje ofreciendo sus propias acciones a cambio de acciones de una sociedad Z
alcance del Articulo 8° de la Ley N° 25 156, Asamblea de Accionistas de la Sociedad A resuelve un aumento de capital
El socio controlante, la Sociedad C,
Sociedad A, cuyo socio controlante es la Sociedad B. En Asamblea de
Accionistas se decide un aumento de capital, en el cual el socio controlante renuncia a
su derecho de suscripcion preferencial