Conducta 687 N°064: 011494/2001 ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA (CASI DIBA/C.687) S/ INFRACCION LEY 25.156 9/30/2011 726 Disidencia 136 10/4/2011 Ordénese a la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA y al CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA el cese de la conducta de restricción al acceso de mercado de servicios profesionales médicos ofrecidos en consultorios, impidiendo la contratación directa de profesionales médicos en los términos del art. 46 inc a) de la ley n° 25.156. Ordénese a la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA y al CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA el cese de la utilización de la cláusula de exclusividad establecida en su Estatuto, debiendo al respecto, remover el inc f) del art. 17 del mismo en los términos del art. 46 inc a) de la ley n° 25.156. Ordénese a la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA el pago de una multa de PESOS QUINIENTA SETENTA Y CINCO MIL ($575.000) en los términos del art. 46 inc b) de la ley n° 25.156, la cuál deberá hacerse efectiva en el plazo de 10 días. Ordénese al CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA el pago de una multa de PESOS CIEN MIL ($100.000) en los términos del art. 46 inc b) de la ley n° 25.156, la cuál deberá hacerse efectiva en el plazo de 10 días. Ordénese a la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA y al CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA que de a conocer en forma fehaciente lo establecido en la resolución respectiva a todos y cada uno de los profesionales médicos integrantes de su padrón de prestadores, debiendo acreditar la constancia de comunicación efectiva a los 30 días de quedar firme la presente resolución. Ordénese a la ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA y al CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA la publicación de las medidas precedentes en el Boletín Oficial de la Nación y en el Diario de mayor circulación de la Ciudad de Bahía Blanca y de Punta Alta, Provincia de Buenos Aires. ASOCIACION MEDICA DE BAHIA BLANCA y CIRCULO MEDICO DE PUNTA ALTA GERARDO DEBLAUWE; MARIA GABRIELA HARGUINDEGUY; GLADYS DEL BRUTO; MARIA FERNANDA BARTOLINI; RODOLFO LÓPEZ; GRACIELA GONZÁLES PRIETO; HORACIO ROMANO; MONICA GROSELLI; ALBERTO TARANTO; CECILIA SAETA; ÁNGEL JULIO PIETRACATELLA; MARIANO SAEZ y CLAUDIA COVATTI. M. ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS Defensa de intereses gremiales y laborales Subnacional Conducta Unilateral Conducta Concertada Acuerdos de Precios Acuerdos de Cantidades Multa
Dictamen:
726
Resolución:
136
Archivo:
Tipo de Documento:
Fecha:
Martes, Octubre 4, 2011
Tipo de Conducta:
Industria: